Si estás pensando en arrendar un inmueble en Colombia, ya sea como propietario o como arrendatario, seguramente te has preguntado sobre los impuestos que debes pagar. Una de las dudas más frecuentes es si los arrendamientos están gravados con IVA. La respuesta no es tan simple como un sí o no, ya que depende del tipo de inmueble y del uso que se le dará. En este artículo te explicaremos de manera clara y precisa cuándo los arrendamientos tienen IVA en Colombia, qué excepciones existen y cómo esto puede afectar tu bolsillo. Si estás buscando arrendar con transparencia y seguridad, entender estos aspectos fiscales te ayudará a tomar mejores decisiones y evitar sorpresas desagradables.
¿Qué Dice la Ley Colombiana sobre el IVA en Arrendamientos?
En Colombia, el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) es un tributo que grava la venta de bienes y servicios. Sin embargo, no todos los arrendamientos están sujetos a este impuesto. Según el Estatuto Tributario colombiano, los arrendamientos de inmuebles para vivienda están excluidos del IVA, lo que significa que si vas a arrendar un apartamento, casa o habitación para uso residencial, no deberás pagar este impuesto adicional.
Esta exclusión representa un alivio significativo para millones de colombianos que destinan gran parte de sus ingresos al pago de arriendo. La intención del legislador es proteger el derecho fundamental a la vivienda y no encarecer este servicio básico.
Arrendamientos Comerciales: Aquí Sí Aplica el IVA
La situación cambia radicalmente cuando hablamos de arrendamientos comerciales. Si vas a arrendar un local comercial, una oficina, un bodega o cualquier inmueble destinado a actividades económicas o empresariales, este servicio sí está gravado con IVA.
La tarifa general del IVA en Colombia es del 19%, lo que puede representar un incremento considerable en el costo del arrendamiento. Por ejemplo, si el canon de arrendamiento de una oficina es de $2.000.000 mensuales, deberás pagar $380.000 adicionales por concepto de IVA, para un total de $2.380.000.
¿Quién Debe Declarar y Pagar el IVA?
El responsable de declarar y pagar el IVA generado por el arrendamiento comercial es el arrendador (propietario del inmueble), siempre y cuando sea responsable del régimen común o régimen ordinario del IVA. El arrendatario debe exigir la factura correspondiente con el IVA discriminado, ya que en muchos casos puede tomarlo como descontable si también es responsable de IVA.
Casos Especiales y Excepciones que Debes Conocer
Existen situaciones particulares que vale la pena mencionar:
Arrendamiento con Opción de Compra (Leasing Habitacional)
Cuando se trata de contratos de leasing habitacional o arrendamiento con opción de compra para vivienda, estos también están excluidos de IVA, manteniendo el beneficio tributario para facilitar el acceso a vivienda.
Arrendamiento de Parqueaderos
El arrendamiento de parqueaderos o garajes presenta una particularidad: si el parqueadero se arrienda de forma independiente (sin estar vinculado a una vivienda), técnicamente estaría gravado con IVA. Sin embargo, cuando forma parte integral del contrato de arrendamiento de vivienda, mantiene la exclusión.
Inmuebles de Uso Mixto
Para inmuebles que tienen uso mixto (por ejemplo, una casa donde se vive y también se tiene un consultorio), la DIAN ha establecido que debe hacerse una proporción entre el área destinada a vivienda y el área destinada a actividad comercial para determinar qué porcentaje del arrendamiento está gravado con IVA.

Implicaciones Prácticas para Arrendadores y Arrendatarios
Para Propietarios
Si eres propietario y arriendas tu inmueble para vivienda, no debes cobrar IVA ni declararlo. Sin embargo, si decides arrendar para uso comercial, deberás:
– Registrarte como responsable de IVA ante la DIAN
– Expedir factura electrónica
– Declarar bimestralmente el IVA recaudado
– Cumplir con todas las obligaciones formales
Plataformas como uHomie.co facilitan estos procesos al digitalizar la gestión del arrendamiento, permitiéndote mantener un registro claro de tus ingresos y obligaciones tributarias.
Para Arrendatarios
Como arrendatario, es fundamental que verifiques el tipo de contrato que estás firmando:
– Vivienda: No debes pagar IVA sobre el canon
– Comercial: El valor del IVA debe estar discriminado en el contrato y en los recibos de pago
– Exige siempre factura legal cuando corresponda
Cómo uHomie.co Te Ayuda con la Transparencia Fiscal
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– Contratos claros que especifican el tipo de arrendamiento y las obligaciones fiscales
– Verificación de usuarios para garantizar que operes con personas confiables
– Asesoría en cada etapa del proceso de arrendamiento
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Ya seas propietario, corredor o arrendatario, nuestra tecnología te permite gestionar todo desde tu smartphone con total seguridad y transparencia, evitando fraudes y malentendidos sobre costos adicionales.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Debo pagar IVA si arriendo un apartamento para vivir?
No. Los arrendamientos de inmuebles destinados exclusivamente a vivienda están excluidos de IVA en Colombia. Solo pagarás el valor del canon de arrendamiento acordado, más la administración si aplica.
¿Qué pasa si arriendo un local para mi negocio?
En este caso sí debes pagar IVA. El arrendador debe cobrarte el 19% adicional sobre el valor del canon y entregarte la factura correspondiente con el impuesto discriminado.
¿Puedo descontar el IVA que pago por arrendar una oficina?
Sí, si eres responsable de IVA y el inmueble arrendado se utiliza para desarrollar actividades gravadas con este impuesto, puedes tomar el IVA pagado como descontable en tu declaración bimestral.
¿El arrendamiento de una bodega tiene IVA?
Sí. Las bodegas normalmente se destinan a actividades comerciales, industriales o de almacenamiento, por lo que su arrendamiento está gravado con IVA del 19%.
¿Qué sucede si uso parte de mi casa arrendada como oficina?
Si arriendas un inmueble para vivienda pero utilizas una parte para actividad comercial o profesional, técnicamente deberías hacer una proporción. Sin embargo, si el contrato especifica uso residencial y el uso comercial es secundario y ocasional, generalmente se mantiene la exclusión de IVA. Es recomendable consultar con un contador para casos específicos.
Conclusión: Entender si los arrendamientos tienen IVA en Colombia es esencial para planificar tus finanzas correctamente. Recuerda que la vivienda está protegida y excluida de este impuesto, mientras que los arrendamientos comerciales sí lo generan. Con plataformas como uHomie.co, puedes gestionar tus arriendos de forma digital, transparente y segura, con la certeza de que todos los aspectos legales y fiscales están claros desde el principio. ¡Arrienda inteligente, arrienda con confianza!