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Arriendos 2025: Tope de incremento queda fijado en 5,20% – Lo que inquilinos y propietarios deben saber

El mercado de arriendos en Colombia enfrenta un nuevo panorama para 2025. El Gobierno Nacional ha establecido que el incremento máximo de arriendos para este año será del 5,20 %, una cifra que representa un ajuste significativo respecto a años anteriores y que impactará tanto a propietarios como a arrendatarios en todo el territorio nacional. Esta medida, basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), busca equilibrar la protección de los inquilinos con los derechos de los propietarios en un contexto económico cambiante.

Para quienes buscan arrendar una propiedad o administran inmuebles, entender este incremento es fundamental para planificar el presupuesto familiar o los ingresos por rentas. En uHomie.co, sabemos que la transparencia en estos temas es esencial para tomar decisiones informadas, ya sea que estés buscando tu próximo hogar o gestionando tu portafolio de propiedades de manera digital y eficiente.

¿Qué Significa el Incremento del 5,20 % para tu Arriendo?

El incremento máximo de arriendos en 2025 será del 5,20 %, lo que significa que ningún propietario puede aumentar el valor del canon de arrendamiento por encima de este porcentaje cuando se cumple un año de contrato. Esta cifra se calcula con base en la variación del IPC certificada por el DANE para el año 2024.

Ejemplo Práctico de Cálculo

Si actualmente pagas un arriendo de $1.500.000 mensuales, el incremento máximo que tu arrendador puede aplicar en 2025 es:

Canon actual: $1.500.000

Incremento del 5,20 %: $78.000

Nuevo canon mensual: $1.578.000

Este cálculo simple te permite anticipar cuánto aumentará tu gasto mensual en vivienda y ajustar tu presupuesto familiar en consecuencia.

Base Legal del Incremento de Arriendos

El incremento máximo de arriendos en Colombia está regulado por la Ley 820 de 2003, que establece que el aumento anual del canon de arrendamiento no puede superar el IPC del año inmediatamente anterior, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

Para 2025, el DANE certificó que la inflación acumulada durante 2024 fue del 5,20 %, convirtiéndose automáticamente en el tope máximo permitido para incrementar los arriendos de vivienda urbana en todo el país.

¿Cuándo se Aplica este Incremento?

El incremento del 5,20 % se aplica únicamente cuando se cumple un año completo desde el inicio del contrato de arrendamiento o desde el último incremento realizado. No es automático ni obligatorio; el propietario debe notificar al inquilino con antelación sobre el ajuste en el canon.

Impacto para Propietarios y Arrendatarios

Para los Arrendatarios

El incremento del 5,20 % representa un ajuste moderado comparado con años de alta inflación. Sin embargo, para muchas familias colombianas, cualquier aumento en el costo de vivienda requiere planificación:

Presupuesto familiar: Debes considerar este incremento al planificar tus gastos anuales

Negociación: Aunque el 5,20 % es el máximo, puedes negociar un incremento menor con tu arrendador

Búsqueda de alternativas: Si el nuevo valor excede tu capacidad de pago, plataformas como uHomie.co te permiten explorar opciones verificadas sin comisiones excesivas

Para los Propietarios

Como propietario, este porcentaje te permite actualizar el valor de tu propiedad de acuerdo con la realidad económica del país:

Protección del valor: El incremento ayuda a mantener el poder adquisitivo de tus ingresos por renta

Competitividad: Un ajuste razonable mantiene tu propiedad atractiva en el mercado

Gestión digital: Con herramientas como uHomie.co, puedes administrar incrementos, contratos y pagos de manera automatizada y transparente

Incremento máximo de arriendos en 2025 será del 5,20 %

Comparativa con Años Anteriores

El incremento del 5,20 % para 2025 muestra una tendencia a la moderación en comparación con años recientes:

2024: 9,28 % (reflejo de la alta inflación de 2023)

2023: 13,12 % (el incremento más alto en años recientes)

2025: 5,20 % (reducción significativa)

Esta disminución refleja el esfuerzo del Banco de la República por controlar la inflación y señala un panorama más estable para el mercado inmobiliario colombiano.

Consejos para Gestionar el Incremento de Arriendos

Para Inquilinos

1. Revisa tu contrato: Verifica la fecha exacta de inicio para saber cuándo aplica el incremento

2. Comunícate con tu arrendador: Mantén una relación transparente y discute el ajuste con anticipación

3. Evalúa tu capacidad de pago: Si el nuevo valor representa más del 30 % de tus ingresos, considera buscar alternativas

4. Usa plataformas digitales: En uHomie.co encuentras propiedades verificadas con información transparente sobre costos

Para Propietarios

1. Notifica con tiempo: Informa a tu inquilino con al menos 30 días de anticipación

2. Documenta el incremento: Realiza un otrosí al contrato especificando el nuevo valor

3. Considera el mercado: Un incremento menor al máximo puede fidelizar a buenos inquilinos

4. Digitaliza tu gestión: Plataformas como uHomie.co automatizan notificaciones y actualizaciones contractuales

La Ventaja de la Gestión Digital en 2025

En un mercado donde los incrementos de arriendos son una realidad anual, contar con herramientas digitales que simplifiquen la administración de propiedades es fundamental. uHomie.co ofrece:

Contratos digitales con firma electrónica: Actualiza el canon sin papeleos

Verificación de inquilinos: Reduce el riesgo en tus propiedades

Transparencia total: Tanto propietarios como inquilinos acceden a información clara sobre costos y condiciones

Gestión desde el smartphone: Administra incrementos, pagos y comunicación desde cualquier lugar

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿El incremento del 5,20 % es obligatorio?

No, el 5,20 % es el incremento máximo permitido por ley. El propietario puede optar por no aumentar el canon o aplicar un porcentaje menor. Sin embargo, no puede exceder este tope bajo ninguna circunstancia.

¿Qué pasa si mi arrendador quiere cobrarme más del 5,20 %?

Si tu arrendador intenta aplicar un incremento superior al 5,20 %, está violando la Ley 820 de 2003. Puedes negarte a pagar el excedente y, si es necesario, acudir a las autoridades competentes o buscar asesoría legal. La ley protege a los inquilinos contra incrementos abusivos.

¿El incremento se aplica también a contratos comerciales?

No necesariamente. El tope del 5,20 % basado en el IPC aplica principalmente para arriendos de vivienda urbana. Los contratos comerciales pueden tener condiciones diferentes según lo pactado entre las partes, aunque muchos también toman el IPC como referencia.

¿Cuándo debo recibir la notificación del incremento?

Aunque la ley no especifica un plazo mínimo obligatorio, se recomienda que el propietario notifique con al menos 30 días de anticipación a la fecha en que cumple el año del contrato o del último incremento. Esto permite al inquilino planificar su presupuesto.

¿Puedo negociar un incremento menor al 5,20 %?

Absolutamente. El 5,20 % es el máximo legal, pero nada impide que propietario e inquilino acuerden un incremento menor o incluso mantener el mismo valor del canon. La negociación es válida y recomendable, especialmente si existe una buena relación entre las partes.

¿El incremento se calcula sobre el valor base o sobre el valor con administración?

El incremento del 5,20 % se calcula únicamente sobre el canon de arrendamiento (el valor base del arriendo). No incluye el valor de la administración, servicios públicos u otros conceptos adicionales, a menos que el contrato especifique algo diferente.

Conclusión: El incremento máximo de arriendos en 2025 será del 5,20 %, una cifra que refleja la estabilización económica del país y que tanto propietarios como inquilinos deben conocer para gestionar sus finanzas adecuadamente. En uHomie.co, facilitamos este proceso con herramientas digitales que hacen del arriendo y la administración de propiedades una experiencia transparente, segura y eficiente. Ya sea que busques arrendar o administrar, nuestra plataforma te acompaña en cada paso del camino.

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